Gaceta Oficial N° 39.910 del 26 de abril de 2012
El Presidente de la República Hugo Chávez a través del Decreto N° 8.934 prorroga el Estado de Emergencia en todo el territorio del estado Táchira por un lapso de 90 días, contado a partir de su publicación en la Gaceta Oficial N° 39.910 del 26 de abril de 2012 por concepto de las lluvias acaecidas en dicha entidad regional.
Como consecuencia de este decreto, el Ministerio del Poder popular para Relaciones Interiores y Justicia, a través de la Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres desarrollará la elaboración de un Plan de Acción Específico para el retorno a la normalidad de las áreas del estado Táchira afectadas por las lluvias, de conformidad con las líneas impartidas por el Comité Coordinador Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, a cuyo cargo se encuentra su aprobación.
De igual manera, podrá dictar, por vía excepción, las medidas especialísimas que estime pertinentes a fin de garantizar a la población el suministro de los servicios básicos necesarios.
Al mismo tiempo la Ministra o Ministro del Poder Popular para la Salud, mediante la Resolución, implementará las medidas sanitarias preventivas que estime pertinentes con el fin de minimizar los riesgos que pudiera producirse como consecuencia de las circunstancias que motivan la presente declaratoria de emergencia, asegurando una actuación de los órganos competentes en materia de salud, de la forma más efectiva y más rápida posibles.
El Vicepresidente Ejecutivo y los ministros del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, para la Salud, de Planificación y Finanzas, y de Defensa, quedan encargados de la Ejecución del presente Decreto.
Departamento de Redes Sociales
Irma Pinto