El martes 31 de Marzo de 2.009, se publicó en la Gaceta Oficial Nro. 39.150, tres Resoluciones emanadas del Banco Central de Venezuela, en donde se establecen las tasas que regirán diversas situaciones:
Resolución Nº 09-03-03, por la cual se dispone que los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras, no podrán cobrar por sus operaciones activas, excluidas aquéllas relacionadas con tarjetas de crédito, una tasa de interés anual o de descuento superior a la tasa fijada periódicamente por el Directorio del Banco Central de Venezuela para las operaciones de descuento, redescuento, reporto y anticipo de este Instituto.