Las empresas privadas que superen una demanda eléctrica contratada de 1 megavatioamperio (MVA) deberán realizar acciones para reducir en 10% su consumo mensual con respecto al mayor facturado en el mismo mes de 2009 o el consumo promedio mensual de 2009, según una resolución del Ministerio de Energía Eléctrica publicada en la Gaceta Oficial 40.236.
La misma resolución señala en el artículo 2 que «las personas jurídicas del sector privado con cargas entre 200 kilovatioamperio (200 KVA) y un megavatioamperio (1MVA), deberán acometer acciones para mantener una reducción de al menos un 10% de su consumo mensual con respecto al mayor valor entre el consumo facturado en el mismo mes o el consumo promedio mensual facturado, ambos referidos al año 2009».
Quedan exceptuados de aplicar estos recortes en el consumo los sectores: servicios de atención médica, sanidad e higiene; producción y distribución de agua potable; producción y distribución de hidrocarburos y sus derivados; seguridad ciudadana, cuerpos policiales y protección civil; recolección y tratamiento de desechos sólidos; transporte público; servicio de telecomunicaciones; servicios informativos de prensa, radio y televisión; educación; semáforos; seguridad alimentaria y embajadas y sedes diplomáticas. Estos sectores solo deben entregar al ministerio un plan de uso eficiente de la energía.
Se insta también a las empresas a utilizar instalaciones de autogeneración en los horarios de mayor demanda.
El ministerio de Energía Eléctrica realizará inspecciones periódicas para verificar el cumplimiento de las normas y podrá sancionar a los que no se adapten a ellas.
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