Ordenan devolver alquileres cobrados en dólares

alquiler-arrendamientoEl presidente de la República, Nicolás Maduro, ordenó ayer la devolución del dinero a los comerciantes a los que se les hayan cobrado arrendamientos de locales en dólares.

«Quien haya cobrado arrendamiento en dólares debe devolver el dinero», aseveró el mandatario quien reiteró que con el nuevo decreto de regulación de las rentas en los establecimientos comerciales «los alquileres van para abajo».

En la Gaceta Oficial del 29 de noviembre el Gobierno publicó el decreto con el régimen transitorio para los alquileres y en dicha normativa se prohíben los cánones de arrendamiento en moneda extranjera y los pagos sobre la base de un porcentaje de las ventas brutas o netas del arrendatario.

Se indica que el precio del metro cuadrado de los locales destinados a las actividades comerciales no podrá exceder de 250 bolívares. Si el valor está por encima de este monto se regulará a la baja y si está por debajo del tope se mantendrá el canon que se fijó en el contrato entre las partes.

Con el parámetro unificado no se toma en cuenta la naturaleza del negocio, las condiciones del local y la ubicación geográfica. No obstante, el ministro de la Vivienda, Ricardo Molina, señaló el pasado viernes en VTV que en la Ley que regulará los cánones de arrendamiento en los locales comerciales si serán considerados para el cálculo de la renta: la calidad de la edificación, ubicación, el tiempo de vida útil de la edificación, el costo original y la rentabilidad.

Adelantó que ese instrumento que se redactará a través de la Habilitante estará listo en dos semanas y agregó que por esa vía se espera que haya una relación transparente entre el propietario y el inquilino. «Entre ambos deben entender que forman parte de un proceso económico en el cual ambos tienen que poner de su parte».

Comentó que los alquileres deberían tener una incidencia de entre 5% y 10% de la composición del costo, «no más que eso», reseñó AVN.

Adicionalmente, la norma indica que el pago del condominio no podrá exceder el 25% del precio del metro cuadrado.

El decreto regulará a los locales en los que se desarrollen actividades comerciales en edificaciones de viviendas u oficinas, edificaciones con fines turísticos, galpones, oficinas, edificaciones de uso educacional, y de uso médico asistencial, centros comerciales y cualquier clase de local o establecimiento destinado al desarrollo funcionamiento de actividades comerciales, productivas y de servicios».

Vía El Universal

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