En la Gaceta Oficial Nro. 40.393 de fecha 14 de abril de 2014, por Decreto Presidencial Nro. 903, se ordena la supresión de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), la cual se efectuará en un plazo con inicio en la fecha de publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y culminación el 31 de diciembre de 2014, prorrogable en una única oportunidad hasta por un plazo máximo de un (01) año.
Las competencias ejercidas por CADIVI, serán asumidas por el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) de manera inmediata, o progresivamente cuando la naturaleza de la competencia y los mecanismos para su ejercicio no permitan su traslado inmediato.
El Presidente del CENCOEX deberá informar al Presidente de la República sobre los avances y resultados obtenidos en la ejecución del presente Decreto Presidencial, dentro de un plazo máximo de quince (15) días hábiles al vencimiento de cada trimestre, contado a partir de la fecha de la entrada en vigencia de dicho Decreto.
Para leer el texto completo haga clic aquí: Supresion de Cadivi
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