El lapso para cumplir con la obligación de marcaje de precios, a través de los distintos métodos permitidos se prorrogó por 30 días hábiles. Igualmente, frente a las dudas generadas por la Providencia No. 57 de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), en la que se contempló la obligación de marcaje, se aclaró también que el precio marcado será el precio máximo de venta.
Haciendo clic aquí, podrá acceder al Boletín que preparó ARAQUEREYNA sobre las nuevas normas en materia de marcaje.
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