Reglamento de Funcionamiento y Procedimientos de la Comisión por la Justicia y la Verdad
Lic. Fiorella Herrera
A través del Poder Ciudadano y Providencia Nº 001-2015 se crea la Comisión por la Justicia y la Verdad
Desde su publicación en Gaceta Oficial N° 40.606 fue creado el Reglamento que regirá la estructura organizativa de la Comisión por la Justicia y la Verdad y toda las funciones que implica la misma, así como la vinculación con los entes y órganos del Estado además solicitará a los Poderes Públicos la ejecución de planes para garantizar el acceso a los archivos reservados, clasificados, secretos o confidenciales, administrativos, legislativos, judiciales, penitenciarios, policiales y militares que contengan expedientes de las causas, o cualquier información sobre los hechos que se investiguen por violación de los derechos humanos en el período establecido en la ley de igual manera funcionara como un órgano descentralizado de derecho público con autonomía funcional y dependencia administrativa y presupuestaria del Consejo Moral Republicano. Su duración será de tres años prorrogable por un año más.
La misma estará conformada por Plenaria, Presidencia, Subcomisiones, Coordinación de Subcomisiones, Equipos de Trabajo y Comités Disciplinarios. Asimismo contará con un Equipo de Asesores y una Secretaria Ejecutiva y a su vez dividida en subcomisiones para abarcar cada estado del país los cuales serán coordinados por esta Subcomisión y la Presidencia.
La Comisión por la Justicia y la Verdad celebrará sesiones ordinarias una vez al mes y las reuniones extraordinarias se celebraran cuando la urgencia del caso lo amerite, previa convocatoria de la presidencia o de la mayoría simple de sus miembros, tal como lo explica en su artículo 22.
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