Constituyen actividades generadoras de valoración económica por Derechos Aeronáuticos, las establecidas, ajustadas y tarifadas en los siguientes términos: http://www.twitpic.com/g35ga http://www.twitpic.com/g35j7 http://www.twitpic.com/g35n9 http://www.twitpic.com/g35vs http://www.twitpic.com/g35yh http://www.twitpic.com/g360g Para el pago del monto de los Derechos Aeronáuticos expresados en Unidades Tributarias, se aplicará el valor de la Unidad Tributaria vigente, según lo determinado por el Ejecutivo Nacional para el […]